CENTRO DE ESTUDIOS AVANZADOS DE LAS AMÉRICAS
DOCTORADO DERECHO MARÍTIMO PORTUARIO Y COMERCIO INTERNACIONAL
DERECHO MARÍTIMO I
PRIMER CUATRIMESTRE
CASO PRÁCTICO
MAESTRO CARLOS ALEJANDRO SANS AGUILAR
MATRÍCULA: M19020701225
ASESOR: DR. SINUHÉ CARLOS GUARDADO LÓPEZ
FECHA: 1 DE ABRIL DE 2019
Contenido
I. INTRODUCCIÓN
II. DESARROLLO
EL DERECHO MARÍTIMO
FUNDAMENTO NACIONAL E INTERNACIONAL DEL DERECHO MARÍTIMO
IMPORTANCIA DE LA RELACIÓN ENTRE PUERTOS Y TRANSPORTE MARÍTIMO
VENTAJAS DE LOS PAÍSES DE PERTENECER A LA ORGANIZACIÓN MARÍTIMA INTERNACIONAL
RELEVANCIA ECONÓMICO-JURÍDICA DE LA ACTIVIDAD MARÍTIMA EN MÉXICO
III. CONCLUSIONES
IV. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
I. INTRODUCCIÓN
El presente ensayo destaca la importancia de la relación entre los puertos y transporte marítimo tomando como referencia las declaraciones hechas por el secretario de la Organización Marítima Mundial Kitack Lim en el marco del Día Marítimo Mundial de 2017 y a través del desarrollo sostenible conectando buques, puertos y personas. Para ello, fue necesario remontarnos a los conceptos del Derecho Marítimo y a los fundamentos nacional e internacional pasando por el marco jurídico aplicable en nuestro país.
También, hablamos brevemente de las ventajas que se ofrecen a los Estados miembros de pertenecer a la Organización Marítima Mundial (OMI) y de la relevancia económica – jurídica de la actividad marítima en nuestro país que ha permitido la estandarización de normas internacionales y con ello el desarrollo del comercio marítimo.
II. DESARROLLO
EL DERECHO MARÍTIMO
El mar como una vía de tránsito es utilizado por embarcaciones tripuladas por personas y con distintos fines, por placer en el caso del turismo, por trabajo cuando se obtienen recursos marinos para su comercialización o cuando se obtienen estos recursos directamente de el como fuente de alimentación.
El Derecho marítimo no da normas para el uso del mar, regula personas, naves y conductas en las que necesariamente uno de los elementos es el mar por ser la vía de tránsito. En el Derecho Marítimo, al participar personas existe una fundamental diferencia que lo distingue del Derecho del Mar donde las relaciones son entre Estados, las relaciones en el Derecho Marítimo son entre las personas. Estas relaciones son privadas por lo que, no significa que este ausente el interés público, solo que este será de naturaleza interna.
Pero ¿Qué es el Derecho Marítimo?, existen diversos conceptos, según Carlos Merodio el Derecho Marítimo es “el conjunto de normas jurídicas que regulan las actividades de los particulares y del Estado frente a estos en relación con el uso, aprovechamiento y explotación de los mares”. Por otro lado, el Manual de Derecho Marítimo de Salgado y Salgado, muestra a partir de muchos autores, un concepto claro, conciso y corto como “Conjunto de normas que regulan todos los acontecimientos en el mar y en los espacios marinos”.
En concreto podemos decir que el Derecho Marítimo es un conocimiento multidisciplinario, los sujetos son personas privadas, su objeto es crear normas que regulen las múltiples situaciones que surjan con el transito de los buques, las personas que en ellos se encuentran y los actos que realizan los transportistas y los transportados. Ello hace que el Derecho Marítimo corresponda al Derecho Internacional Privado. (SEMAR-UNAM, 2017)
FUNDAMENTO NACIONAL E INTERNACIONAL DEL DERECHO MARÍTIMO
Primeramente, el artículo 38 del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia establece que las controversias que se sometan a su jurisdicción, se aplicarán de acuerdo a los principios generales del Derecho reconocidos por los Estados (ECIJ, artículo 38). En nuestro país, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) en su artículo 14 último párrafo, establece que la sentencia en los juicios del orden civil debe ser conforme a Ley, y en caso que hubiera Ley, se motivarán en los principios generales del Derecho (CPEUM, artículo 14).
De igual forma, el Código Civil Federal toma el precepto de la CPEUM en su artículo 19 (CCF, artículo 19). La Ley Federal del Trabajo en su artículo 17 establece que a falta de disposición expresa en la CPEUM, en la propia Ley, en sus reglamentos, o en los tratados celebrados por nuestro país, se tomarán en cuenta los principios generales del Derecho, así como los principios que se deriven de los ordenamientos y los principios de justicia social que se deriven del artículo 123 de la CPEUM, la jurisprudencia, la equidad y la costumbre (LFT, artículo 17).
Por otro lado, el Código de Comercio en sus artículos 1176 y 1324 nos traslada a los principios generales del Derecho. El primer artículo referido a la consignación y al otorgamiento de garantías para levantar el embargo precautorio decretado como una medida precautoria, estableciendo que se harán conforme a la ley aplicable y en su ausencia o insuficiencia en los principios generales del Derecho. El segundo artículo, refiere a que toda sentencia debe ser fundada en la Ley y en caso que esta no sea suficiente para decidir la controversia se tomarán en cuenta los principios generales del Derecho aplicable al caso concreto (CC, artículos 1176 y 1325).
El Código Fiscal de la Federación en el artículo 5 párrafo segundo, establece que las disposiciones que no establezcan cargas o excepciones a los particulares, que no se refieran a infracciones ni sanciones, se interpretarán aplicando cualquier método de interpretación jurídica y al no estar previsto en el mismo, se aplicará las disposiciones del Derecho Federal Común (CFF, artículo 5).
En resumen, toda la legislación nacional hace referencia a los principios generales del Derecho.
IMPORTANCIA DE LA RELACIÓN ENTRE PUERTOS Y TRANSPORTE MARÍTIMO
Antes de resaltar la importancia entre los puertos y el transporte marítimo, considero necesario definir ambos conceptos. De acuerdo con la UNCTAD, por puerto entendemos que son “interfaces entre los distintos modos de transporte y son típicamente centros de transporte combinado… son áreas multifuncionales donde las mercancías no sólo están en tránsito, sino que también son manipuladas, manufacturadas y distribuidas… y deben ser integrados en la cadena logística global… requiere no sólo infraestructura, superestructura y equipamiento adecuado, sino también de buenas comunicaciones y… mano de obra motivada y entrenada” (Rúa, 2006).
El transporte marítimo, es el transporte de mercancías o personas a bordo de un buque que navega en el mar. Aunque esta definición es muy lacónica, es bastante entendible y destaca que el principal elemento es el buque, además de ser la razón de ser de los puertos y por los cuales el motivo del desarrollo.
En un contexto de desafíos mundiales cada día más complejos, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) ha buscado el desarrollo sostenible con 17 objetivos (figura núm. 1) contribuyendo a transformar nuestro mundo en un lugar mejor. La Organización Marítima Mundial (OMI) como organismo de la ONU está comprometida a contribuir para lograr esos objetivos de desarrollo sostenible.
Fuente: Cursillo sobre políticas de transporte marítimo de la Universidad Marítima Mundial
El transporte marítimo y los puertos pueden desempeñar un papel importante contribuyendo a crear condiciones para aumentar el empleo, la prosperidad y la estabilidad impulsando el sector marítimo. Los sectores portuario y marítimo pueden crear riqueza en tierra y en el mar, tanto así, que la OMI con el fin de dar a conocer ese potencial, eligió el eslogan “Conectando buques, puertos y personas” durante la conmemoración del Día Marítimo Mundial del 2017. Esto les permitirá poner la atención pública de la cooperación que existe entre los buques y los puertos para mantener e incrementar la seguridad, la protección y la eficacia del sistema de transporte marítimo.
Estos objetivos para que surjan efecto, es necesario aplicarse de manera conjunta y en ningún momento de manera aislada, es importante que los Estados miembros los incorporen a sus planes nacionales, regionales y mundiales. Lo anterior, estableciendo una Política Marítima y por ende del Transporte Marítimo.
Con estas acciones la OMI apoyará a sus Estados miembros a elaborar e implantar una variedad de estrategias marítimas incluyendo la facilitación del transporte marítimo y el aumento de la eficiencia, la seguridad de la navegación, la protección del medio marino y la protección marítima.
También, es de destacar la importancia del progreso marítimo en común en todos los sectores, desde el punto de vista teórico o normativo como en lo práctico.
El hecho de tener un flujo de bienes y un comercio libre y eficiente, da ventajas que van más allá de los buques y los puertos, por lo que, es importante contar con una interfaz que pueda mejorar la vida de la gente a nivel mundial, especialmente en el contexto de los objetivos del desarrollo sostenible.
Como un organismo que regula a nivel mundial el sector del transporte marítimo, la OMI está en posibilidades de mejorar esta integración, ya que una reglamentación coherente y uniforme facilita el flujo comercial. Sin embargo, para ser sostenibles, las actividades humanas han de equilibrarse con la capacidad de los océanos para mantener su estado de salud y diversidad a largo plazo. Aquí se involucra la “Economía Azul”, que es un sector industrial amplio y creciente y, a medida que crece, debe seguir siendo seguro y estando protegido y no ser una amenaza para el medio ambiente. Por ello, la OMI tiene que cerciorarse de que el transporte marítimo siga contribuyendo a la economía mundial sin perjudicar el delicado equilibrio alcanzado.
Si hablamos del término “transporte sostenible”, según la OMI implica la provisión de servicios e infraestructura para la movilidad de las personas y los bienes; el fomento del desarrollo económico y social para el beneficio de las generaciones actuales y futuras: de manera segura, accesible, eficaz y resiliente; así como, minimizando las emisiones de carbono y otros gases y las repercusiones ambientales.
Por otro lado, el transporte sostenible promueve el crecimiento, creación de puestos de trabajo, reducción de la pobreza, acceso a los mercados y mejora del medio ambiente.
Podemos decir que un transporte marítimo más eficaz, en el que se colabore con un sector portuario respaldado por los gobiernos, será un factor primordial en la consecución de una estabilidad mundial y el desarrollo sostenible en beneficio de todas las personas.
Es importante que los gobiernos de los Estados plasmen en sus planes de desarrollo de nación, políticas del transporte marítimo basadas en el desarrollo del comercio marítimo, seguridad marítima y protección del medio ambiente marino, que contemplen siguientes aspectos:
➢ Legislación nacional armonizada con la legislación internacional aplicable.
➢ Asumir las obligaciones propias del Estado de Bandera, Ribereño y Rector del puerto que otorga la CONVEMAR.
➢ Trabajar con las instituciones y asociaciones internacionales relacionadas al ámbito marítimo.
➢ Promover el comercio marítimo a través de infraestructura portuaria y sistema intermodal.
➢ Establecer programas de construcción, sustitución y reciclaje de buques y artefactos navales para promover los estándares de calidad y preservar el medio ambiente marino.
➢ Aunado con el punto anterior, promover a través de incentivos fiscales para que las navieras abanderen sus buques y artefactos navales para el desarrollo de la flota mercante.
➢ Promover la infraestructura educativa naval para el desarrollo del recurso humano apegado al modelo educativo de la OMI.
➢ El compromiso de mantener un estricto seguimiento de certificación garantizando que se cumplan con los lineamientos nacionales e internacionales.
➢ Asegurar la correcta aplicación de los convenios de la OMI y anexos, y la adhesión por ratificación por aquellos faltantes relacionados con la protección del medio marino que incluya un sistema de protección y respuesta de accidentes e incidentes marítimos.
➢ La aplicación en estricto derecho lo estipulado en el Convenio SOLAS y anexos.
➢ Promover y establecer un sistema nacional de registro de buques y artefactos navales abanderados y matriculados en el país.
➢ Impulsar la industria del transporte marítimo.
➢ Las actividades del transporte marítimo deberán estar certificadas conforme a los estándares de las casas clasificadoras.
➢ Los buques que cumplan con los lineamientos ambientales deberán estar sujetos de impuestos preferenciales para incentivar la estabilidad económica marítima.
➢ Considerar y proteger los derechos laborales de los tripulantes conforme a la normatividad internacional.
Con esto será posible lograr una contribución importante a la consecución de los objetivos de desarrollo sostenible, aunado a la cooperación y “Conectando buques, puertos y personas” (OMI, 2017).
VENTAJAS DE LOS PAÍSES DE PERTENECER A LA ORGANIZACIÓN MARÍTIMA INTERNACIONAL
Entre las distintas ventajas de pertenecer a la OMI, los países en vías de desarrollo son los más beneficiados, ya que a través del Programa de cooperación técnica que fue concebido para asistir a los gobiernos que carecen de los conocimientos técnicos y los recursos que se necesitan para explotar el sector del transporte marítimo de forma satisfactoria, pueden recibir asistencia respecto de proyectos concretos. Además, facilita la cooperación entre los Estados miembros a través de sus convenios internacionales, viéndose reflejado en la eficiencia de los puertos, certificaciones de los buques para una navegación más segura, la contribución a la protección del medio marino, acceso a los fondos por contaminación del mar ocasionado por los buques, entre otros. Además, da una certeza jurídica a los buques, los armadores, y todos los miembros de la comunidad marítimo y portuaria. En general, el resultado es el desarrollo del comercio a gran escala.
RELEVANCIA ECONÓMICO-JURÍDICA DE LA ACTIVIDAD MARÍTIMA EN MÉXICO
El comercio internacional en México se realiza en un 85% vía marítima (importaciones y exportaciones). La relevancia económico jurídica radica en que como consecuencia de ese comercio se han estandarizado las normas del comercio internacional entre los Estados, ejemplo de ello son los INCOTERMS, convenios internacionales, los usos y costumbres, etc. Esto ha permitido colaborar en gran proporción al cumplimiento de las normas y convenios internacionales en pro de la seguridad, la protección y el medio ambiente marino.
III. CONCLUSIONES
El Derecho marítimo regula todas las actividades en relación con el uso, aprovechamiento y explotación de los mares. En cuanto al fundamento del Derecho Marítimo toda la legislación recae haciendo referencia a los principios generales del Derecho.
La interacción entre el transporte marítimo y los puertos pueden primordial para el desarrollo de los Estados y mejoramiento de la calidad de vida de las personas, creando empleos, prosperidad y estabilidad. Para ello es necesario la aplicación de forma conjunta de los objetivos de desarrollo sostenible y contar con una política marítima con el principal actor que es el transporte marítimo.
Los países miembros de la Organización Marítima Mundial tienen la ventaja de contar con un respaldo jurídico internacional, acceder a programas de cooperación y asistencia técnica, entre otros. Al apegarse a los distintos convenios, los Estados y por ende los gobiernos contribuyen a que sus buques naveguen de manera más segura, la protección de sus buques y puertos, y la protección del medio marino, lo anterior, fortalecerá sus puertos y los hará más competitivos. La estandarización de las normas internacionales ha permitido la facilitación del comercio marítimo y eficientar cada vez más los puertos.
IV. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
Código Civil Federal. Última Reforma DOF 24-12-2013.
Código de Comercio. Última Reforma DOF 07-04-2016.
Código Fiscal de la Federación. Última Reforma DOF 30-11-2016
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Última Reforma DOF 27-08-2018.
Estatuto de la Corte Internacional de Justicia. DO 17-10-1945.
Ley Federal del Trabajo. Última Reforma 12-06-2015.
Merodio López, Juan (2011). Introducción al Derecho Marítimo. UNAM-Fundación México país marítimo. México.
OMI (2017). Connecting Ships, Ports and People. Video del Día Marítimo Mundial. Recuperado de https://www.youtube.com/watch?v=yVYPTVYJtEo
Rúa, C. (2006). Los puertos en el Transporte Marítimo. Universidad Politécnica de Cataluña. España. Recuperado de: https://core.ac.uk/download/pdf/41755740.pdf
Salgado y Salgado, José (2012). Manual de Derecho Marítimo. Tomo I. Académica Española – LAP Lambert. Alemania.
SEMAR-UNAM (2017). Derecho Marítimo Internacional. CESNAV – Facultad de Derecho. México.
Sans Aguilar, Carlos Alejandro. Importancia de la Relación entre Puertos y Transporte Marítimo. México: CEAAMER, 2019. 12 hojas.